Destinado a cubrir los gastos generados por el paciente y su acompañante que viajan al exterior a realizar algún tratamiento, acto médico, quirúrgico o medicinas requeridas.
Condiciones:
- No tienen monto fijo establecido por el total de la intervención médica, sin embargo, los costos diarios generados no podrán exceder a ochenta dólares de los Estados Unidos de América (USD 80,00) o su equivalente en otras divisas.
- La vigencia de la autorización es de 120 días, cumplido este tiempo el solicitante debe presentar nuevamente la solicitud de autorización.
- Debido a la suspensión de la ruta financiera y manteniendo el compromiso de cumplir con las normativas de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) a partir del lunes 03 de octubre de 2011, el horario para la recepción de estas solicitudes será desde la apertura de las agencias y hasta las 12:00 p.m. a nivel nacional. De esta manera se garantiza la tramitación de las solicitudes en los lapsos de tiempo establecidos según la normativa de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI).
Recaudos:
- Acta de consignación de acuerdo al tipo de solicitud (no foliada).
- Documentos foliados:
- Planilla “Solicitud de Registro y autorización de adquisición de divisas para casos especiales” (RUSAD 002).
- Carta de exposición de motivos.
- Cédula de identidad.
- Constancia de transferencia.
- Carta Jurada de Uso de Fondos y Cobro de Comisiones.
- Otros documentos.
- Identificación completa del solicitante, paciente y acompañante.
- Certificación expedida por el médico tratante, en la cual se exponga de manera detallada la enfermedad que padece, así como el tratamiento o el acto médico, quirúrgico o medicinas que amerite.
- Constancia del costo del tratamiento, acto médico, quirúrgico o medicinas requeridas, expedida por la institución o por el profesional de la medicina, según corresponda.
- Información detallada del tiempo de permanencia en el exterior y de los costos que generará la salida del país y la estadía requerida.
- Pasaje de traslado al exterior.
- Estado de cuenta o constancia de la fuente de financiamiento.
- Certificado de deuda.
- Asimismo, información sobre la persona que lo acompañará al exterior y los costos diarios que se generarán por tal concepto, de ser el caso, los cuales no podrán exceder de ochenta dólares diarios de los Estados Unidos de América (USD 80,oo) o su equivalente en otras divisas.
Para ver el detalle de la conformación de los expedientes, debes consultar el Manual de Normas y Procedimiento para la consignación de documentos ante la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) en la página web www.cadivi.gob.ve.
Destinado a la obtención de divisas para científicos o los integrantes de la delegación científica que se dirigen al exterior a realizar investigaciones.
Condiciones:
- No tiene monto fijo establecido.
- La vigencia de la autorización es de 120 días, cumplido este tiempo el solicitante debe presentar nuevamente la solicitud de autorización ante CADIVI.
- Debido a la suspensión de la ruta financiera y manteniendo el compromiso de cumplir con las normativas de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) a partir del lunes 03 de octubre de 2011, el horario para la recepción de estas solicitudes será desde la apertura de las agencias y hasta las 12:00 p.m. a nivel nacional. De esta manera se garantiza la tramitación de las solicitudes en los lapsos de tiempo establecidos según la normativa de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI).
Recaudos:
- Acta de consignación de acuerdo al tipo de solicitud (no foliada).
- Documentos foliados:
- Planilla “Solicitud de Registro y autorización de adquisición de divisas para casos especiales” (RUSAD 002).
- Carta de exposición de motivos.
- Cédula de identidad.
- Constancia de transferencia.
- Carta Jurada de Uso de Fondos y Cobro de Comisiones.
- Otros documentos.
- Certificación expedida por la máxima autoridad de la institución o del ministerio de adscripción.
- Identificación completa del científico o los integrantes de la delegación científica.
- Información detallada de la investigación a realizar, el tiempo de permanencia en el exterior y de los costos que generará la salida del país y la estadía requerida.
- Exposición de motivos expedida por la institución respectiva y avalada por la máxima autoridad del Ministerio de adscripción.
Para ver el detalle de la conformación de los expedientes, debes consultar el Manual de Normas y Procedimiento para la consignación de documentos ante la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) en la página web www.cadivi.gob.ve.
Destinado a la obtención de divisas para deportistas o los integrantes de la delegación deportiva que viaje al exterior, con previa certificación del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes.
Condiciones:
- No tiene monto fijo establecido.
- La vigencia de la autorización es de 120 días, cumplido este tiempo el solicitante debe presentar nuevamente la solicitud de autorización ante CADIVI.
- Debido a la suspensión de la ruta financiera y manteniendo el compromiso de cumplir con las normativas de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) a partir del lunes 03 de octubre de 2011, el horario para la recepción de estas solicitudes será desde la apertura de las agencias y hasta las 12:00 p.m. a nivel nacional. De esta manera se garantiza la tramitación de las solicitudes en los lapsos de tiempo establecidos según la normativa de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI).
Recaudos:
- Acta de consignación de acuerdo al tipo de solicitud (no foliada).
- Documentos foliados:
- Planilla “Solicitud de Registro y autorización de adquisición de divisas para casos especiales” (RUSAD 002).
- Carta de exposición de motivos.
- Cédula de identidad.
- Constancia de transferencia.
- Carta Jurada de Uso de Fondos y Cobro de Comisiones.
- Otros documentos.
- Identificación completa del deportista o los integrantes de la delegación deportiva.
- Certificación expedida por el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, en la cual conste la representación oficial del deportista o delegación.
- Información detallada del tiempo de permanencia en el exterior y de los costos que generará la salida del país y la estadía requerida.
Para ver el detalle de la conformación de los expedientes, debes consultar el Manual de Normas y Procedimiento para la consignación de documentos ante la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) en la página web www.cadivi.gob.ve.
Destinado a la obtención de divisas para artistas o integrantes de la delegación cultural que viaja al exterior con previa certificación del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Condiciones:
- No tiene monto fijo establecido.
- La vigencia de la autorización es de 120 días, cumplido este tiempo el solicitante debe presentar nuevamente la solicitud de autorización ante CADIVI.
- Debido a la suspensión de la ruta financiera y manteniendo el compromiso de cumplir con las normativas de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) a partir del lunes 03 de octubre de 2011, el horario para la recepción de estas solicitudes será desde la apertura de las agencias y hasta las 12:00 p.m. a nivel nacional. De esta manera se garantiza la tramitación de las solicitudes en los lapsos de tiempo establecidos según la normativa de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI).
Recaudos:
- Acta de consignación de acuerdo al tipo de solicitud (no foliada).
- Documentos foliados:
- Planilla “Solicitud de Registro y autorización de adquisición de divisas para casos especiales” (RUSAD 002).
- Carta de exposición de motivos.
- Cédula de identidad.
- Constancia de transferencia.
- Carta Jurada de Uso de Fondos y Cobro de Comisiones.
- Otros documentos.
- Identificación completa del artista o los integrantes de la delegación cultural.
- Información detallada del evento cultural, el tiempo de permanencia en el exterior y de los costos que generará la salida del país y la estadía requerida.
- Certificación expedida por el Ministerio del Poder Popular para la Cultura.
Para ver el detalle de la conformación de los expedientes, debes consultar el Manual de Normas y Procedimiento para la consignación de documentos ante la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) en la página web www.cadivi.gob.ve.
Destinado a la obtención de divisas para personas o instituciones que justifiquen la solicitud, ésta sea evaluada y aprobada por Comisión de Administración de Divisas.
Condiciones:
- No tiene monto fijo establecido.
- La vigencia de la autorización es de 120 días, cumplido este tiempo el solicitante debe presentar nuevamente la solicitud de autorización ante CADIVI.
- Debido a la suspensión de la ruta financiera y manteniendo el compromiso de cumplir con las normativas de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) a partir del lunes 03 de octubre de 2011, el horario para la recepción de estas solicitudes será desde la apertura de las agencias y hasta las 12:00 p.m. a nivel nacional. De esta manera se garantiza la tramitación de las solicitudes en los lapsos de tiempo establecidos según la normativa de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI).
Recaudos:
- Acta de consignación de acuerdo al tipo de solicitud (no foliada).
- Documentos foliados:
- Planilla “Solicitud de Registro y autorización de adquisición de divisas para casos especiales” (RUSAD 002).
- Carta de exposición de motivos.
- Cédula de identidad.
- Constancia de transferencia.
- Carta Jurada de Uso de Fondos y Cobro de Comisiones.
- Otros documentos.
- Identificación de la persona o institución solicitante.
- Exposición de motivos que justifiquen la solicitud para la adquisición de divisas.
- Recaudos esenciales que comprueben los elementos expuestos en cada caso.
Para ver el detalle de la conformación de los expedientes, debes consultar el Manual de Normas y Procedimiento para la consignación de documentos ante la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) en la página web www.cadivi.gob.ve.