Prevención y Control de Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva
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Banesco Banco Universal asume su responsabilidad como Sujeto Obligado y su compromiso con la sociedad en la lucha contra la Legitimación de Capitales, el Financiamiento al Terrorismo y el Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, en adelante LC/FT/FPADM. De esta manera, damos fiel cumplimiento a la Resolución 010.25 de las Normas relativas a la Administración y Supervisión de los Riesgos de Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (LC/FT/FPADM), aplicables a las Instituciones del Sector Bancario, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Número 43.098 del 31 de marzo de 2025, así como con la normativa vigente para la adecuada Administración Integral de Riesgos y demás regulaciones y directrices emitidas por la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario y Entes que regulan esta materia.

Con el objetivo de prevenir, mitigar y controlar el riesgo legal, operacional, de reputación y contagio, que pudiesen derivar de la materialización de los delitos de Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, hemos implementado un Sistema Integral de Administración de Riesgos de LC/FT/FPADM, el cual establece políticas, normas y procedimiento con esta orientación.

Trabajando en apego a la Resolución 010.25 y en cumplimiento de las Políticas de Administración de Riesgos de LC/FT/FPADM, implementamos (i) El enfoque basado en riesgos, (ii) la Debida Diligencia para el conocimiento del Cliente (DDC) y (iii) Mejores prácticas, para proteger en todo momento a nuestros Clientes y la reputación de Banesco Banco Universal, C.A.

Boletines de Prevención

Unamos fuerzas

Nueva modalidad delictiva para LC/FT/FPADM

  • Al momento de abrir una cuenta, suministra la información y documentación exigida.
  • Informa al empleado bancario el origen y destino de tus fondos, de esta manera contribuyes al cumplimiento de los estándares de Debida Diligencia de Clientes (DDC).
  • Declara el monto promedio mensual a movilizar en función a sus ingresos globales justificables, considerando lo que percibe en divisas.
  • Actualiza periódicamente tus datos y documentos aportados.
  • No permitas que terceros utilicen tu cuenta bancaria.
  • Mantén resguardado tu documento de identidad de manera que terceras personas no tengan la posibilidad de usurpar tu identidad abriendo o movilizando cuentas bancarias con fines ilícitos.

 

Modalidad delictiva para LC/FT/FPADM

Las Cuentas Mulas es la denominación que se le ha conferido a una modalidad delictiva que consiste en el uso de cuentas bancarias de terceros para movilizar fondos de origen y destino desconocido; pudiéndose trasladar dinero generado de actividades como el secuestro, el narcotráfico u otros. También existe el riesgo de trasladar fondos con la finalidad de financiar el terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva.

Colaborar o ser partícipe en este tipo de delito te expone a sanciones, multas e incluso la privativa de libertad.

Por eso, es importante que:

  • No aceptes comisiones a cambio de recibir fondos cuyo origen desconozcas con la finalidad de transferirlos a una tercera cuenta.
  • No permitas que terceros hagan uso de tus productos financieros para movilizar dinero.

Recuerda que realizar operaciones a través de plataformas digitales no autorizadas, te expone a riesgos en materia de LC/FT/FPADM, a continuación te mencionamos algunos:

  1. Desconocimiento del origen de los fondos intercambiados con otros usuarios de la plataforma.
  2. Posibilidad de realizar operaciones con la delincuencia organizada debido a la inexistencia de controles.
  3. Incumplimiento de las normativas legales vigentes.
  4. Exposición de información sensible relacionada a tu perfil financiero.

Como clientes debemos contribuir a la transparencia de las transacciones en el sector bancario y a la mitigación de los riesgos de LC/FT/FPADM.

Aspectos Legales

Leyes que regulan y complementan el marco legal

  • Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo (LOCDOFT), publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nro. 39.912 de fecha 30/04/2012.
  • Ley Orgánica de Drogas, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nro. 39.510 de fecha 15/09/2010, reimpresa en la Gaceta Oficial Nro. 39.535 de fecha 21/10/2010 y en la Gaceta Oficial Nro. 39.546 de fecha 05/11/2010.
  • Decreto con rango, valor y fuerza de Ley de Instituciones del Sector Bancario, publicada en la Gaceta Oficial Nro. 40.557 de fecha 08 de diciembre de 2014.
  • Resolución 010.25 de la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN).

Glosario

Legitimación de Capitales

Proceso de ocultar o dar apariencia de legalidad a capitales, bienes, haberes provenientes de actividades ilícitas.

Financiamiento al Terrorismo

Es el acto de utilizar fondos o servicios financieros por parte de un individuo u organización para cometer un acto terrorista, consumado o no.

 

También abarca a quien proporcione, facilite, resguarde, administre, colecte o recabe fondos por cualquier medio, directa o indirectamente, con el propósito de que éstos sean utilizados en su totalidad o en parte por un terrorista individual o por una organización terrorista, o para cometer uno o varios actos terroristas.

Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (FPADM)

Es el acto de utilizar fondos o servicios financieros para la fabricación, adquisición, posesión, desarrollo, exportación, transbordo, corretaje, transporte, transferencia, almacenamiento o uso de armas nucleares, químicas, biológicas; así como, sus vectores y materiales relacionados, en contravención de las leyes nacionales y/o acuerdos internacionales aplicables.

Consecuencias de la Legitimación de Capitales

Las consecuencias de la Legitimación de Capitales son diversas, sobre todo en la economía de los países, ya que su desarrollo provoca efectos negativos en la soberanía, estabilidad política y social, esto se ve reflejado en la inseguridad ciudadana, así como:

 

  • El Incremento del desempleo y desvío de las fuerzas laborales hacia actividades ilícitas.
  • Deterioro de la imagen internacional de los países y de la institución que se vea afectada.
  • Genera violencia.

 

Es por ello que Banesco, como empresa comprometida socialmente y fomentando valores con trabajo incansable, colabora en esta labor de prevención internalizando en sus colaboradores una cultura de valores éticos y morales.

Persona Expuesta Políticamente (PEP)

Se refiere a un individuo ostenta u ostentó un cargo o posición de alto nivel en el poder ejecutivo, legislativo, judicial, militar, empresas públicas y partidos políticos, del Estado venezolano o extranjero con cargos o posiciones de elección popular o no; incluyendo aquellas personas con las que mantenga parentesco por afinidad o consanguinidad; así como, su círculo de colaboradores inmediatos. Esta categoría se mantendrá mientras la persona persista en el cargo y durante los cinco (5) años posteriores a partir de la fecha de entrega o cese del cargo, para el caso de PEP nacional y PEP extranjero. También, se incluye en esta condición a cualquier corporación, negocio u otra entidad que haya sido creada por dicho funcionario o en su beneficio.

Fases de Legitimación de Capitales

  1. Colocación de fondos, tanto significativos como a través de operaciones al menudeo o estructuradas;
  2. Procesamiento, para apartar los beneficios ilegales de su origen ilícito mediante una serie de transacciones, conversiones o movimientos;
  3. Integración, al incorporarlos abiertamente a la economía legítima.

Debida Diligencia para el Conocimiento del Cliente (DDC)

Banesco Banco Universal C.A., dándole fiel cumplimiento al marco legal y a la normativa vigente que nos regula como Sujeto Obligado la cual está enmarcada dentro la Resolución 010.25, nos abocamos en aplicar eficazmente la Debida Diligencia para el Conocimiento del Cliente (DDC) , manteniendo un enfoque basado en riesgo que permite resguardar y cuidar a nuestros clientes; logrando así minimizar los riesgos relacionados a los delitos de LC/FT/FPADM.

 

Es por esta razón, que es necesario que mantengas tu información y la documentación que conforma tu expediente actualizada; garantizando que la Ficha de Identificación del Cliente contenga tu información actual.

¡Contamos contigo!

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